Del mismo modo, no toma en cuenta, la recurrente, la aplicación del "derecho penal de
Del mismo modo, no toma en cuenta, la recurrente, la aplicación del "derecho penal de última ratio" que rige la actual política criminal del Estado, que establece la búsqueda de otras formas de solución al conflicto antes de atacar la vulneración de derechos con el sistema punitivo del Estado, utilizando el Derecho Penal sustantivo; en el aso de autos, la recurrente pudo, en su momento, acudir a la vía civil correspondiente a efectos de solicitar al Estado la defensa de sus derechos vulnerados y, de esta manera, lograr la devolución de sus dineros
- PARTES: Mercedes Campos López c/ Carlos Cortés y otra
- Estafa y estelionato
- MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
- CONSIDERANDO: que habiéndose pronunciado en la presente cau-sa Sentencia por ante el Juez Segundo de
- De esta resolución recurre en casación la querellante con el siguiente fundamento
- Que la descripción del tipo penal es clara al referir que comete este ilícito el
- CONSIDERANDO: que de la revisión del cuaderno procesal se tiene que, en base a la
- CONSIDERANDO: que en análisis de la conducta ilícita por la cual fueron procesados los recurrentes,
- La fundamentación principal en la impugnación de la recurrente es que existiría en el Auto
- Del mismo modo, no toma en cuenta, la recurrente, la aplicación del "derecho penal de
- De la misma manera, se establece que en la tramitación de la causa los órganos
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Jus-ticia, con la concurrencia
- Relatora: Ministra Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, dieciocho de agosto de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
