Auto Supremo AS/0260/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0260/2005

Fecha: 16-Ago-2005

CONSIDERANDO: Que así expuestos los fundamentos del recurso corresponde señalar que el recurso de casación


CONSIDERANDO: Que así expuestos los fundamentos del recurso corresponde señalar que el recurso de casación en el fondo, con arreglo a las normas contenidas en el art. 253.1) y 3) del Código de Procedimiento Civil (CPC), procederá cuando la resolución recurrida contuviere violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley o cuando en la apreciación de las pruebas se hubiere incurrido en error de derecho o error de hecho; vale decir que puede interponerse el recurso de casación en el fondo cuando el tribunal ad-quem a tiempo de dictar la resolución recurrida incurrió en errores in judicando, por infracción de leyes o error de hecho o de derecho en la apreciación de la prueba. Así está establecido en el precepto del art. 253 del CPC