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3. Que lo manifestado sobre los supuestos hechos sucedidos por el Fiscal y el Presidente del Tribunal para dictar sentencia, son conjeturas, porque ni los investigadores han determinado, con exactitud al autor del hecho, atribuyéndole a él sin haberse demostrado fehacientemente su participación
- CONSIDERANDO: que, Mario Cayo Oyola, en su recurso de casación de fojas 114 a 116,
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- Invoca como precedentes contradictorios el Auto de Vista Nº 167/2003 de 29 de septiembre de
- CONSIDERANDO: que, el recurso de casación interpuesto por Mario Cayo Oyola, cumple las condiciones previstas
- A su vez, Edgar Santos Ramos, en su recurso de casación de fojas 117 a
- Invoca como precedente contradictorio el Auto de Vista Nº 167/2003 de 29 de septiembre de
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia en aplicación de
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
