CONSIDERANDO: que, el recurso de casación interpuesto por Mario Cayo Oyola, cumple las condiciones previstas
CONSIDERANDO: que, el recurso de casación interpuesto por Mario Cayo Oyola, cumple las condiciones previstas por los Arts. 416 y 417 de la Ley 1970, de interponer el recurso dentro del término de ley e invocar los precedentes contradictorios, precisando un hecho similar, con la posibilidad de establecerle el sentido jurídico contradictorio, por lo que corresponde su admisión
- CONSIDERANDO: que, Mario Cayo Oyola, en su recurso de casación de fojas 114 a 116,
- 3
- 4
- Invoca como precedentes contradictorios el Auto de Vista Nº 167/2003 de 29 de septiembre de
- CONSIDERANDO: que, el recurso de casación interpuesto por Mario Cayo Oyola, cumple las condiciones previstas
- A su vez, Edgar Santos Ramos, en su recurso de casación de fojas 117 a
- Invoca como precedente contradictorio el Auto de Vista Nº 167/2003 de 29 de septiembre de
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia en aplicación de
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
