CONSIDERANDO: que del análisis de la conducta ilícita por la cual fue procesado el recurrente,
CONSIDERANDO: que del análisis de la conducta ilícita por la cual fue procesado el recurrente, la subsunción de la conducta con mejor criterio jurídico del Tribunal de apelación en la calificación del delito de transporte de sustancias controladas (art. 55 de la ley Nº 1.008), se establece que el A.V. impugnado no incurrió en violación de norma penal sustantiva ni adjetiva, más aun, cuando la línea doctrinal sentada por este máximo tribunal de justicia respecto al tipo penal calificado de transporte de sustancias controladas no admite el grado de tentativa en su ejecución, por ser delito formal y no de resultados, por lo que no procede la casación de la resolución impugnada
- PARTES : Ministerio Público c/ Wilfredo Rojas Villarroel
- Transporte de sustancias controladas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García
- Que el procesado Wilfredo Rojas Villarroel recurre en casación, alegando que el A
- CONSIDERANDO: que de los datos y pruebas que informan el proceso, se establece que en
- CONSIDERANDO: que del análisis de la conducta ilícita por la cual fue procesado el recurrente,
- De la revisión del cuaderno procesal se establece que en la tramitación de la causa
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
