De la revisión del cuaderno procesal se establece que en la tramitación de la causa
CONSIDERANDO: que habiendo el Ministerio Público considerado de oficio lo relativo a la extinción de la acción penal en atención a la Sentencia Constitucional No. 0101/2004 de fecha 14 de septiembre de 2.004, que define los fundamentos de la acción penal, concluyendo que procede la extinción de la acción, cuando la dilación del proceso en términos objetivos y verificables, no es atribuible al imputado o al procesado e impone que el juez o tribunal del proceso se pronuncie sobre la posibilidad o imposibilidad de su otorgamiento ya sea de oficio o a petición de parte.
De la revisión del cuaderno procesal se establece que en la tramitación de la causa y específicamente en la etapa investigativa, el imputado no prestó colaboración en la investigación, habiendo obstaculizado la averiguación de la verdad histórica del proceso, aspecto que in viabilizan declarar la extinción de la acción a su favor
- PARTES : Ministerio Público c/ Wilfredo Rojas Villarroel
- Transporte de sustancias controladas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García
- Que el procesado Wilfredo Rojas Villarroel recurre en casación, alegando que el A
- CONSIDERANDO: que de los datos y pruebas que informan el proceso, se establece que en
- CONSIDERANDO: que del análisis de la conducta ilícita por la cual fue procesado el recurrente,
- De la revisión del cuaderno procesal se establece que en la tramitación de la causa
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
