A los efectos del segundo párrafo del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, se
A los efectos del segundo párrafo del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, se dispone remitir por Secretaría a todas las Salas Penales de las Cortes de Distrito del país, copias fotostáticas de la Sentencia cursante de fojas 70 a 75, Auto de Vista de fojas de fojas 114 a 115 y vuelta y el presente Auto Ad-misorio, a fin de que se inhiban de dictar resolución en procesos en los que se debaten las mismas cuestiones de derecho, hasta que se haga conocer la resolución del recurso de casación in-terpuesto
- CONSIDERANDO: que la Ley 1970 de 25 de marzo de 1999, en sus artículos 416
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación interpuesto por memorial de fojas 122 a 123 impugna
- Que si bien el recurso no cumple con los requisitos de admisibilidad exigidos por los
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
- A los efectos del segundo párrafo del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, se
- Sucre, trece de septiembre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
