POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del Dr. Julio Ortíz Linares, Ministro de la Sala Civil Segunda, convocado al efecto, en aplicación del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, ADMITE el recurso de casación de fojas 122 a 123 interpuesto por Jimmy Peter Calizaya Pacar impugnando el Auto de Vista N° 14/2005 pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del juicio oral, público y contradictorio seguido por el Ministerio Público a querella de Marina Ayala Llusco contra Sabino Mamani Maldonado y el recurrente por los delitos de homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito, previstos en el artículo único de la Ley 1778
- CONSIDERANDO: que la Ley 1970 de 25 de marzo de 1999, en sus artículos 416
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación interpuesto por memorial de fojas 122 a 123 impugna
- Que si bien el recurso no cumple con los requisitos de admisibilidad exigidos por los
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del
- A los efectos del segundo párrafo del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, se
- Sucre, trece de septiembre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
