Auto Supremo AS/0303/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0303/2005

Fecha: 15-Sep-2005

CONSIDERANDO: que el recurrente Juan Carlos Choque Silvera manifiesta que el Auto de Vista desconoce


CONSIDERANDO: que el recurrente Juan Carlos Choque Silvera manifiesta que el Auto de Vista desconoce flagrantemente los fundamentos de su apelación restringida y no se pronuncia sobre los defectos absolutos invocados y menos sobre los defectos de la sentencia que fueran ampliamente fundamentados. Habiéndose denunciado en el recurso de apelación restringida violación a garantías constitucionales al haberse infringido el principio de legalidad de la prueba, consecuentemente existe valoración defectuosa de la prueba. Que uno de los puntos de la apelación restringida era la vulneración a los artículos 171 y 172 del Código de Procedimiento Penal, concordante con el artículo 13 del mismo compilado. Que al haber recibido la declaración y ratificación del médico forense, Dr. Milán Román Arequipa, a sabiendas que los dos certificados médicos expedidos por el nombrado fueron objeto de resolución judicial que declara procedente su exclusión probatoria, al recibir esta declaración y ratificación determina que se ha introducido prueba ilícita, máxime si el nombrado declarante no fue ofertado como testigo sino como perito, y al haber sido excluido su peritaje (los dos certificados forenses), ya nada tenía que declarar y aclarar