Auto Supremo AS/0303/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0303/2005

Fecha: 15-Sep-2005

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del


POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del Dr. Julio Ortíz Linares, Ministro de la Sala Civil Segunda, convocado al efecto, con la facultad conferida por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto de fojas 124 a 126 y vuelta; asimismo, para el cumplimiento del artículo 418 segundo párrafo de la Ley Nº 1970, se dispone que por Secretaría se haga conocer a las Salas Penales de las Cortes de Justicia del país las piezas procesales siguientes: Auto de Vista cursante de fojas 119 a 121 y vuelta y el presente Auto Supremo