CONSIDERANDO: que del análisis de los datos del proceso, se evidencia que en el cuaderno
CONSIDERANDO: que del análisis de los datos del proceso, se evidencia que en el cuaderno procesal, no se encuentran actuados procesales que sean violatorios de las garantías y derechos fundamentales de las procesadas o que hayan vulnerado las disposiciones legales aplicables en el proceso que impliquen a su vez violación a la seguridad jurídica y al debido proceso, principios consagrados en los Arts. 7 inc a) y 16-IV ) de la Constitución, habiéndose cumplido con los presupuestos de legalidad, por lo que se llega a la conclusión de que no existen causas imputables al órgano jurisdiccional encargado del juzgamiento de los procesados o a la representación del Ministerio Público que puedan ser invocadas como justificativos para la extinción de la acción penal, al contrario se establecen actitudes dilatorias de los imputados en el proceso, como en la fase investigativa habiendo incurrido en obstaculización de la verdad histórica del proceso, así como perjudicar el normal desarrollo del proceso con sus inasistencias a los actos procesales y audiencias (fs. 78-93-115-119), de la misma manera haber interpuesto el recurrente, impugnaciones con el único fin de alargar el proceso. También se debe tomar en cuenta las declaratorias de rebeldía contumacia contra los otros co-procesados, aspectos que hacen inviable la extinción de la acción a su favor
- CONSIDERANDO: que el Tribunal 3ero
- CONSIDERANDO: que contra el referido Auto de Vista recurre de casación el co-procesado Atanacio Almanza
- CONSIDERANDO: que el Ministerio Público mediante requerimiento cursante 197-199 ha considerado de oficio el aspecto
- Que la Sentencia Constitucional Nº 101/04 de 14 de septiembre de 2004, determina que el
- CONSIDERANDO: que del análisis de los datos del proceso, se evidencia que en el cuaderno
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
