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1.- Concluida la fase de la instrucción a fojas 102 a 103 de obrados, el Juez Instructor Tercero en lo Penal de la ciudad de Cochabamba dictó el Auto final del sumario, ordenado el procesamiento del imputado por el delito de estafa -Art. 335 del Código Penal- y el sobreseimiento definitivo por el delito de cheque en descubierto -Art. 204 del Código Penal- de fojas 187-188 de conformidad con el Art. 220 incisos 1) y 3) del Código de Pdto. Penal
- PARTES : Néstor Orellana Gálvez c/ Antonio Amado Murillo Terán
- Que el Art
- CONSIDERANDO: que, de los antecedentes que informan esta causa, tenemos, que el 05 de mayo
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- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- de Cámara de la Sala Penal Primera.
