Auto Supremo AS/0391/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0391/2006

Fecha: 07-Oct-2006

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2.- Afirma que de manera reiterada hubiera hecho notar al Tribunal de Apelación de conformidad con el Art. 71 párrafo cuarto de la Ley Nº 1008, en cuanto a que "la incautación de bienes inmuebles citados en los incisos a) y b) del presente Art. Procederá contra el propietario, cuando este haya tomado parte en el delito o conociendo su comisión no hubiera denunciado"; Tribunal que no hubiera considerado su petitorio y en forma ultrapetita agravó la condena disponiendo la confiscación del inmueble, vulnerando el citado Art. 71 párrafo 4to. de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas