Auto Supremo AS/0392/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0392/2006

Fecha: 07-Oct-2006

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia y en aplicación


CONSIDERANDO: que, cumplidas como se hallan las condiciones previstas por los Arts. 416 y 417 de la Ley Nº 1970 de interponer el recurso dentro del término de ley, adjuntar la fotocopia del recurso de apelación restringida, invocar los precedentes contradictorios y precisar las contradicciones de los mismos, que son los presupuestos de carácter formal para su admisión, para fines de analizarlo en lo posterior y determinar lo que fuere de ley, por lo que corresponde su admisión conforme el inc. 1) del Art. 50 de la misma Ley adjetiva penal.

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia y en aplicación de los Arts. 59 numeral 1) de la Ley de Organización Judicial, última parte del Art. 417 y primera parte del Art. 418 de la Ley Nº 1970, con la intervención de la Presidenta y Ministra de la Sala Penal Segunda Dra. Rosario Canedo Justiniano, convocada a fs. 330 ADMITE el recurso de casación interpuesto por Gualberto Choque Poveda y Ana Maria Padilla de Choque de fojas 320 a 323 vuelta. Y conforme la segunda parte del Art. 418 del mismo Código adjetivo en materia penal, se dispone que por Secretaría de Cámara se haga conocer mediante fotocopias a las Salas Penales de las Cortes Superiores del país el Auto de Vista de fojas 291 a 294 vuelta y el Auto Supremo de la fecha, para fines que sea observado