POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de la Ministra Dra. Beatriz A. Sandoval Bascopé de Capobianco, Presidenta de la Sala Penal Primera, convocada al efecto, en ejercicio de la atribución primera, del artículo 59 de la Ley de Organización Judicial y en aplicación del segundo parágrafo del artículo 419 del Código de Procedimiento Penal, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista Nº 205/05 cursante de fojas 115 a 116 vuelta y determina que la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, dicte un nuevo Auto de Vista, sin espera de turno y previo sorteo, conforme a la Doctrina Legal Aplicable y las normas legales referidas para el caso concreto
- VISTOS: el recurso de casación cursante de fojas 182 a 190 interpuesto por Mirko Osvaldo
- De esta resolución, recurre el querellante y se adhiere el representante del Misterio Publico, la
- CONSIDERANDO: que el imputado declarado absuelto, recurre en casación el mismo que fue admitido por
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- CONSIDERANDO: que habiendo sido "admitido" el recurso de casación, corresponde en el marco legal, analizar
- La Corte Suprema de Justicia de Bolivia ha sentado la línea jurisprudencial vinculante en sentido
- La escasa o contradictoria fundamentación conlleva violación a derechos y garantías constitucionales tal cual lo
- Por otra parte el Tribunal de alzada no puede "anular" el proceso y disponer el
- Finalmente el Tribunal de alzada de acuerdo al imperio de lo dispuesto por el artículo
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Relatora: Ministra Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veinte de octubre de dos mil seis
- Proveído.- Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara.
