Auto Supremo AS/0413/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0413/2006

Fecha: 20-Oct-2006

CONSIDERANDO: que la labor del Tribunal de casación, de acuerdo con el Código de Procedimiento


CONSIDERANDO: que la labor del Tribunal de casación, de acuerdo con el Código de Procedimiento Penal está limitada a uniformar jurisprudencia cuando el Auto de Vista impugnado resulte contradictorio a los precedentes invocados, conforme establece el artículo 416 de dicho Código; en el caso de autos, de la revisión y análisis cuidadoso de los Autos Supremos invocados por los recurrentes, se tiene que el Tribunal de alzada a realizado una correcta interpretación de las normas procesales que son de orden público y por consiguiente de cumplimiento obligatorio; así, en el análisis de la sentencia observó que el fallo del a quo incurre en los defectos denunciados por los acusadores en el recurso de apelación restringida, motivo por el que realiza un examen de la logicidad de la resolución y fundamentalmente de la errónea aplicación de la Ley sustantiva, advirtiendo de los elementos descritos en la sentencia, que es evidente que concurre la situación acusada, conforme lo denuncia el acusador público en su recurso de apelación restringida y al que se adhiere el acusador particular