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2.- Respecto a que el Tribunal de Sentencia no realizó una correcta valoración del hecho, al no haber aplicado el principio "iura novit curia", tampoco es tal, porque de la lectura de la sentencia se desprende que la subsunción del hecho al tipo penal de violación agravada (artículos 308 bis y 310 del Código Penal) emerge de la valoración de la prueba introducida a juicio, aspecto que ya fue resuelto por el tribunal de alzada en el Auto de Vista recurrido
- VISTOS: el recurso de casación cursante de fojas 90 a 93, interpuesto por Ariel Milton
- Que, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba como Tribunal
- CONSIDERANDO: que el recurrente Ariel Milton Luján Campos recurre de casación con los fundamentos que
- CONSIDERANDO: que de la revisión y análisis del cuaderno procesal respecto a los aspectos denunciados,
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- En conclusión, de la revisión de actos procesales emergente del acta del juicio oral, respecto
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Relatora: Ministra Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, 20 de octubre de 2006
- Cámara- (en suplencia legal)
