CONSIDERANDO: Que Sandro Filomeno Díaz Rodríguez impugna el Auto de Vista de fecha 18 de
CONSIDERANDO: Que Sandro Filomeno Díaz Rodríguez impugna el Auto de Vista de fecha 18 de agosto de 2006, señalando:
el Tribunal de Alzada revaloriza la prueba de cargo y de descargo
- Rodríguez. Tentativa de homicidio y otro
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 320 a 325 interpuesto por Sandro Filomeno Díaz
- CONSIDERANDO: Que le Tribunal de Casación declara admisible el recurso de casación, cuando éste ha
- CONSIDERANDO: Que Sandro Filomeno Díaz Rodríguez impugna el Auto de Vista de fecha 18 de
- el auto complementario pronunciado por el Tribunal de Alzada no se pronunció sobre el fondo
- Que el recurso de casación planteado cumple con los requisitos de forma exigidos por el
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia con la facultad
- Asimismo cumpliendo el artículo 418 segundo párrafo de la Ley Nº 1970, se dispone que
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Sucre 31 de octubre de 2006
- de Cámara de la Sala Penal Primera.
