I
Dicho fallo motivó que ambas partes interpongan recurso de casación, de cuyo análisis por separado en síntesis se tiene:
I.- El demandante mediante su abogado y apoderado, por memorial de fs. 189-193, planteó recurso de casación en el fondo, alegando que el tribunal de apelación infringió los arts. 3, inc. h), 66, 150 y 182 inc. i) del Cód. Proc. Trab., porque en materia laboral rige la inversión de la prueba, por lo tanto correspondía a la parte patronal la carga de la prueba; que el auto de vista no valoró la prueba referente a las horas extraordinarias, domingos y feriados trabajados en la Empresa Minera Unificada del Cerro de Potosí, al negarle el reintegro reclamado, señalando que si bien le cancelaron sus beneficios sociales, empero la misma se habría calculado en base al salario mensual de Contador, cuando correspondía suma mayor al haber sido ascendido al cargo de Superintendente de Negocios; por lo que plantea el recurso, sin exponer un petitorio claro y concreto
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 4to del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, a instancia de ambas partes, por auto de vista No
- I
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una
- CONSIDERANDO III: Que, del examen de ambos recursos, ninguno cumple los requisitos descritos precedentemente; no
- En efecto, analizando el recurso se colige que sólo reitera los argumentos expuestos en la
- II
- Que, en ese marco legal, el tribunal de apelación realizó una adecuada interpretación y aplicación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
