Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma de fs
Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma de fs. 1482-1484, planteado por la apoderada de los demandantes, alegando que violaron los arts. 97 y 251 numeral I del Cód. Pdto. Civ., 15 de la L.O.J. y 3º inc. g) del Cód. Proc. Trab., porque conforme acredita por las certificaciones adjuntas a su memorial, se demuestra que el día de presentación del recurso de apelación el secretario del Juzgado no se encontraba por estar en ese momento en una consulta médica y la señora Oficial de Diligencias del Juzgado se encontraba fuera de la oficina, consiguientemente se presentó el memorial a otra funcionaria judicial por estar cerca el feriado nacional del 6 de agosto, presentándose el recurso dentro de término y en cumplimiento de los indicados arts. 97 y 251-I del Cód. Pdto. Civ., por ello no ameritaba la nulidad determinada indebidamente por el Tribunal ad quem, por lo que solicitó que este Tribunal anule el auto de vista, disponiendo que se resuelva la apelación de fs. 1417
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, a instancia de los demandantes, por auto de vista de Nº
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma de fs
- Consiguientemente al haberse acreditado que los actores no apelaron oportunamente de la sentencia, en cumplimiento
- Se regula el honorario profesional de abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
