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En grado de apelación, a instancia de los demandantes, por auto de vista de Nº 085/2003 de 20 de noviembre de 2004 (fs. 1476-1477), se anuló el auto de fs. 1424, por el que se concedía la apelación y se declaró ejecutoriada la Sentencia, sin costas, porque la apelación se hubiera interpuesto ante un Juzgado diferente
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- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
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- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
