Se regula el honorario profesional de abogado, en Bs
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., arts. 271-1) y 272-1) del Cód. Pdto. Civ., aplicables por mandato del art. 252 del Cód. Proc. Trab., de acuerdo con el dictamen de fs. 1497-1498, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 1482-1484, con costas.
Se regula el honorario profesional de abogado, en Bs. 500, que mandará pagar el Tribunal ad quem
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, a instancia de los demandantes, por auto de vista de Nº
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma de fs
- Consiguientemente al haberse acreditado que los actores no apelaron oportunamente de la sentencia, en cumplimiento
- Se regula el honorario profesional de abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
