CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, previa declinatoria de jurisdicción del Juez tercero del
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 128-129, interpuesto por Edwin Franz Tapia Burgos y Cristina Iturri Camacho de Tapia, concesionarios de la Estación de Servicio "El Alto", contra el auto de vista Nº 189/04 SSA-II de 3 de septiembre de 2004, (fs. 124), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso laboral sobre pago de beneficios sociales seguido por Catalina Sirpa de Ruffo, contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 131-134, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, previa declinatoria de jurisdicción del Juez tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de El Alto, emitió la sentencia Nº 132/2002 de 23 de noviembre de 2002 (fs. 76-77), por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 1-2 y 3, e improbada la excepción perentoria de pago, disponiendo que la empresa demandada, cancele a la actora la suma de Bs. 9.354.00.-, por concepto de indemnización, desahucio, primas por dos años, sueldo devengado y aguinaldo en duodécimas
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, previa declinatoria de jurisdicción del Juez tercero del
- En grado de apelación formulada por la parte demandada, mediante el auto de vista indicado
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- Concluyeron solicitando se case el auto de vista y se declare improbada la demanda
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso corresponde analizar si es evidente o no lo
- II
- III
- IV
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del profesional Abogado, en Bs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
