Asimismo, arguye que la violación de las normas señaladas emergen de haber aplicado la Ley
Asimismo, arguye que la violación de las normas señaladas emergen de haber aplicado la Ley 2027, con el simple argumento en sentido de haber percibido sus haberes con fondos del Tesoro General de la Nación, cuando sus haberes se le cancelaba con fondos propios. Con estos argumentos solicita al tribunal supremo la casación del auto de vista
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda de fs
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
- De otro lado, acusa violación del art
- Con estos fundamentos solicita a este Tribunal Supremo, CASAR el Auto de Vista y confirmar
- Por su parte, el recurso de casación de fs
- Asimismo, arguye que la violación de las normas señaladas emergen de haber aplicado la Ley
- CONSIDERANDO: Que, este Tribunal de casación en observancia de lo previsto por el art
- Que, de la revisión del expediente, se advierte con indudable precisión la naturaleza de "entidad
- En tal sentido, de acuerdo al D
- En la especie, no es procedente el pago de beneficios sociales por las razones expuestas,
- Finalmente habiéndose determinado por el señor Fiscal General de la República, que corresponde anular el
- Que en ese marco legal, se concluye que lo dispuesto en el auto de vista,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
