Que en ese marco legal, se concluye que lo dispuesto en el auto de vista,
Que en ese marco legal, se concluye que lo dispuesto en el auto de vista, se ajusta a las normas legales en vigencia, no se observa violación de norma legal alguna; al contrario realiza correcta valoración y apreciación de la prueba adjuntada al proceso, como indudable interpretación y aplicación de las normas legales citadas. En consecuencia, el tribunal de alzada ha obrado sin incurrir en las violaciones acusadas en el recurso
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda de fs
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
- De otro lado, acusa violación del art
- Con estos fundamentos solicita a este Tribunal Supremo, CASAR el Auto de Vista y confirmar
- Por su parte, el recurso de casación de fs
- Asimismo, arguye que la violación de las normas señaladas emergen de haber aplicado la Ley
- CONSIDERANDO: Que, este Tribunal de casación en observancia de lo previsto por el art
- Que, de la revisión del expediente, se advierte con indudable precisión la naturaleza de "entidad
- En tal sentido, de acuerdo al D
- En la especie, no es procedente el pago de beneficios sociales por las razones expuestas,
- Finalmente habiéndose determinado por el señor Fiscal General de la República, que corresponde anular el
- Que en ese marco legal, se concluye que lo dispuesto en el auto de vista,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
