Además, consta del proceso que los argumentos del recurso, sólo reiteran lo expresado en la
Además, consta del proceso que los argumentos del recurso, sólo reiteran lo expresado en la apelación, que ya merecieron consideración y resolución por el Tribunal de alzada, previa valoración y apreciación de la prueba adjuntada al proceso en función al art. 158 del Cód. Proc. Trab., los que demuestran la relación laboral de la actora con la empresa demandada, que el recurrente conocía del estado de embarazo de su ex trabajadora y que no ha desvirtuado de modo alguno el despido intempestivo, mucho menos que la actora hubiera abandonado su fuente de trabajo. Tampoco el recurrente demostró en qué consiste el error de derecho y error de hecho en la valoración de la prueba, conforme exige la última parte del inc. 3) del art. 253 del Pdto. Civil
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza 5to del Trabajo y Seguridad Social
- Que, contra este fallo el representante de la empresa demandada, interpone recurso de casación en
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una
- Que, revisado el recurso, a fin de establecer si lo denunciado es evidente o no,
- En la forma, en base a las mismas causas de casación en el fondo, acusa
- A su vez, la demandante responde el recurso en base a los argumentos expuestos por
- CONSIDERANDO III: Que, así planteado el recurso, se colige que es confuso, erróneo y contradictorio,
- Que, en este marco legal, no obstante que el recurso cita algunas disposiciones legales, sin
- Además, consta del proceso que los argumentos del recurso, sólo reiteran lo expresado en la
- En definitiva, el auto de vista se ajusta a las normas legales en vigencia, no
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
