Auto Supremo AS/1073/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1073/2006

Fecha: 20-Oct-2006

En definitiva, el auto de vista se ajusta a las normas legales en vigencia, no


En consecuencia, se impone la aplicación de los arts. 3 incs. g) y h); 66 y 150 del C.P.T., siendo deber primordial del Estado proteger los derechos sociales y los subsidios, en cumplimiento a los principios de primacía de la realidad, de proteccionismo e inversión de la prueba en materia laboral; precisamente porque los trabajadores gozan del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva consagrado por los arts. 162 de la C.P.E., 4 de la L.G.T. y 25 del D.S. No. 21637 de 25 de junio de 1987, concordante con la ley No. 975 de 2 de mayo de 1988.

En definitiva, el auto de vista se ajusta a las normas legales en vigencia, no se advierte violación de norma legal alguna, al contrario contiene correcta interpretación y aplicación de las normas legales citadas; por consiguiente, el Tribunal de alzada ha obrado sin incurrir en las violaciones acusadas en el recurso