CONSIDERANDO III: Que, así planteado el recurso, se colige que es confuso, erróneo y contradictorio,
CONSIDERANDO III: Que, así planteado el recurso, se colige que es confuso, erróneo y contradictorio, de escaso contenido jurídico; porque según la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo identificar las causales señaladas en el art. 253 del Cód. Pdto. Civil; mientras que el recurso de casación en la forma, se funda en errores "in procedendo", referidas a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, igualmente enumeradas, para cada caso en concreto, en el art. 254 de la citada norma, requisitos que no cumple el recurso examinado ni se advierte ninguna causal para anular obrados
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza 5to del Trabajo y Seguridad Social
- Que, contra este fallo el representante de la empresa demandada, interpone recurso de casación en
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una
- Que, revisado el recurso, a fin de establecer si lo denunciado es evidente o no,
- En la forma, en base a las mismas causas de casación en el fondo, acusa
- A su vez, la demandante responde el recurso en base a los argumentos expuestos por
- CONSIDERANDO III: Que, así planteado el recurso, se colige que es confuso, erróneo y contradictorio,
- Que, en este marco legal, no obstante que el recurso cita algunas disposiciones legales, sin
- Además, consta del proceso que los argumentos del recurso, sólo reiteran lo expresado en la
- En definitiva, el auto de vista se ajusta a las normas legales en vigencia, no
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
