CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 2do del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 505-508 interpuesto por Luís Guillermo Uzín Fernández, contra el auto de vista No. 17/05 SSA-III de 25 de febrero de 2005 (fs. 500), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social sobre pago de beneficios sociales seguido por el recurrente contra la Superintendencia de Saneamiento Básico, la respuesta de fs. 513-517, el dictamen fiscal de fs. 521-522, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 2do del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia No. 98/2003 el 18 de noviembre de 2003 (fs. 474-477), declarando probada la demanda de fs. 6-7, con costas, disponiendo que la entidad demandada cancele a favor del actor indemnización y desahucio, la suma que asciende a Bs. 179.775,90 con los reajustes previstos en el D.S. No. 23381 de 29 de diciembre de 1992
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 2do del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- A su vez, el Superintendente de Saneamiento Básico Álvaro Camacho Garnica, responde en base a
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del auto de vista y los fundamentos del recurso, corresponde
- II
- De la revisión del proceso, se advierte con indudable precisión que el tribunal de alzada,
- Por las razones expuestas, no es procedente el pago de beneficios sociales al actor por
- Que, en ese marco legal, se concluye que lo dispuesto en el auto de vista,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
