En grado de apelación, por auto de vista Nº 24/05 SSA-I de 3 de marzo
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 331-333, interpuesto por Abigail Zegarra Fernández, en representación de la Subsecretaría de Desarrollo Alternativo "SUBDESAL", contra el auto de vista Nº 24/05 SSA-I de 3 de marzo de 2005 (fs. 327-328), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social que sigue Nancy del Rosario Romero Berríos, contra la entidad recurrente, la respuesta de fs. 335-336, el dictamen fiscal de fs. 339-340, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Quinto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 32/2004 de 19 de mayo de 2004 (fs. 303-307), declarando probada la demanda de fs. 137-138 y probada en parte la excepción perentoria de pago opuesta por la parte demandada a fs. 229, ordenando a la entidad demandada, para que a través de su representante legal, pague a la actora, Bs.-18.437,52.-, por concepto de indemnización, desahucio y duodécimas de aguinaldo, menos lo cancelado a fs. 159.
En grado de apelación, por auto de vista Nº 24/05 SSA-I de 3 de marzo de 2005 (fs. 327-328), se confirma en todas sus partes la sentencia apelada de fs. 303-307, con costas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 24/05 SSA-I de 3 de marzo
- Que, contra el auto de vista de 3 de marzo de 2005, la parte demandada,
- CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los datos
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
