CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez primero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 117-120, interpuesto por Nadia Jandira Eid de Rocha, apoderada legal de la Empresa de Telecomunicaciones NUEVATEL PCS DE BOLIVIA S.A., contra el auto de vista Nº 59 de 9 de febrero de 2005 (fs. 113-114), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso social que sigue Henry Antezana contra la empresa que representa la apoderada recurrente, la respuesta de fs. 122, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia Nº 227 de 11 de octubre de 2004 (fs. 98-100), declarando probada la demanda, con costas, ordenando que la empresa demandada a través de su representante legal, cancele al actor, el monto de Bs.- 24.498,63.-, por concepto de indemnización, desahucio, 8 meses y 19 días de aguinaldo, 1 año y 6 meses de vacación y el pago de comisión
- DISTRITO: Santa cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 59 de 9 de febrero de
- Que, contra el auto de vista, la apoderada de la empresa demandada, interpone recurso de
- Concluye solicitando se case la parte resolutiva del auto de vista, declarando improbada la demanda
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, corresponde su análisis, de donde se tiene
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- Consiguientemente del examen del recurso y de los datos que arroja el proceso, , se
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorario profesional de Abogado, en la suma de Bs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
