CONSIDERANDO: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente lo
CONSIDERANDO: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente lo denunciado en el recurso, de cuyo análisis y compulsa, se tiene lo siguiente:
I.- Para resolver el recurso de casación en el fondo, con carácter previo, se debe recordar que conforme establecen los arts. 3º inc. h), 66 y 150 del Cód. Proc. Trab., que consagra el principio de la inversión de la prueba, es decir, dicha carga probatoria pesa sobre el empleador, correspondiéndole desvirtuar los fundamentos de la demanda, sin perjuicio de que la parte actora pueda producir la prueba que considere necesaria
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En grado de apelación formulada por el representante de la entidad demandada, por auto de
- Concluyó solicitando se case en parte el auto de vista recurrido
- CONSIDERANDO: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente lo
- En el caso presente, la parte demandada, no desvirtuó los fundamentos de la demanda, porque
- Por lo referido se concluye también que no es evidente la violación del art
- II
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario del profesional Abogado, porque la respuesta al recurso fue extemporánea
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
