Auto Supremo AS/0467/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0467/2006

Fecha: 13-Nov-2006

CONSIDERANDO: que de la revisión del Auto de Vista impugnado, se colige que el recurso


CONSIDERANDO: que de la revisión del Auto de Vista impugnado, se colige que el recurso de casación interpuesto, si bien cumple con el requisito de presentación en el plazo de ley, y si bien invoca como precedente contradictorio al fallo recurrido el Auto Supremo Nº 66 de 27 de enero de 2006, cuya doctrina legal aplicable, establece que "... se considera defecto absoluto cuando en la resolución sea sentencia o Auto de Vista, no existen razones ni criterios sólidos que fundamenten los alcances de la resolución basados en normas sustantivas, adjetivas o que correspondan a convenios o tratados internacionales lo contrario se traduciría en "error injudicando", que debe ser corregido por el Tribunal de alzada...." En el caso sub lite, de ninguna manera contradice el fallo recurrido con este fundamento, ya que al contrario existen criterios sólidos respecto a la culpabilidad del recurrente los cuales fueron establecidos en sentencia de acuerdo a los elementos de prueba introducidos a juicio, al haber sido sorprendido en flagrancia dentro del bus "Copacabana" en posesión de seis paquetes forrados con cinta masquín camuflados en prendas de vestir, que dieron por resultado la cantidad de 7.524 gramos de cocaína en fecha 31 de agosto de 2005