Auto Supremo AS/0490/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0490/2006

Fecha: 13-Nov-2006

POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de


La línea doctrinal sentada por este Máximo Tribunal de Justicia va en el sentido de declarar la inadmisibilidad del recurso de casación por incumplimiento de los requisitos exigidos por los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal vigente, a no ser que se evidencien violaciones a derechos fundamentales como determina el art. 169 inciso 3) y art. 370 del Cód. de Pdto. Pen., caso en el que de oficio este Supremo Tribunal ingresa al fondo, vicios insubsanables inexistentes en el caso de Autos.

POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de la Ministra Dra. Beatriz Sandoval, Presidenta de la Sala Penal Primera, convocada al efecto, en aplicación del art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Luís Zurita Veizaga cursante de fs. 230 a 231 vta, con costas