Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara
Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara
- CONSIDERANDO: que el presente proceso, se halla radicado en este Tribunal por haber formulado la
- Que el Ministerio Público, de fojas 203 a 204, invocando la Sentencia Constitucional Nº 0101/04
- Que siendo la extinción de la acción penal, una excepción de previo y especial pronunciamiento,
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- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Regístrese, hágase saber
- Sucre, trece de noviembre de dos mil seis
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara
