Auto Supremo AS/1138/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1138/2006

Fecha: 10-Nov-2006

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis se tiene


CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis se tiene:

1.- Que, los arts. 5º y 7º inc. j) de la C.P.E. establecen "Que no se reconoce ningún género de servidumbre y nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin su pleno consentimiento y justa retribución..." y que es derecho fundamental de las personas, percibir una remuneración justa por su trabajo que le asegure para sí y su familia una existencia digna del ser humano; asimismo el art. 162 de dicho texto constitucional, establece la irrenunciabilidad de los derechos laborales en concordancia con el art. 4º de la L.G.T. siendo nulas las convenciones en contrario