Auto Supremo AS/1144/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1144/2006

Fecha: 10-Nov-2006

II


II.- En el caso presente, la parte demandada, no ha desvirtuado los fundamentos de la demanda, no ha demostrado que el demandante se hubiera retirado voluntariamente del trabajo, consiguientemente en aplicación del art. 182 inc. c) del Cód. Proc. Trab., se presume el despido intempestivo, por ello, se concluye que no se incurrió en violación del art. 2º del D.S. Nº 11478 de 16 de mayo de 1974, más aún si en autos no se ha alegado las causales de pérdida de beneficios sociales previstas en los arts. 16 inc. f) de la L.G.T., ni 9º inc. f) de su D.R