Que, contra el auto de vista, el nombrado representante de la empresa demandada, interpone recurso
Que, contra el auto de vista, el nombrado representante de la empresa demandada, interpone recurso de casación en la forma y en el fondo (fs. 70-72):
En la forma, alega la nulidad del sorteo de fs. 94 y del auto de vista de fs. 95 -citando folios inexistentes en el dossier, indicando luego que el sorteo de fs. 66 solamente se encuentra firmado por el Vocal Presidente de la Sala, lo que torna nulo el mismo, solicitando se anule obrados hasta que se proceda a realizar un nuevo sorteo y se con la intervención de todos los Vocales integrantes de la Sala Social y Administrativa, conforme a lo establecido en el art. 74 de la L.O.J.; asimismo, denuncia la infracción de los arts. 192-2 y 397 del Cód. Pdto. Civ., por cuanto la sentencia y el auto de vista se destacan por la inexistencia de análisis y valoración de las pruebas producidas dentro de la causa, por lo que solicita se anule obrados hasta el vicio más antiguo, conforme a lo dispuesto por el art. 271-3 del Cód. Pdto. Civ
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 528 de 25 de noviembre de
- Que, contra el auto de vista, el nombrado representante de la empresa demandada, interpone recurso
- En el fondo, alega interpretación ilegal del art
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los
- Luego, con relación a la petición de nulidad por falta de motivación de la sentencia
- 2
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de Abogado, en razón de no haber sido contestado
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
