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CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civil; debiendo fundamentarse por separado de manera precisa y concreta las causas que motivan la casación, ya sea en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa
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- II
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- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
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- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
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- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
