Auto Supremo AS/1222/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1222/2006

Fecha: 10-Nov-2006

I


2) En el recurso de casación en el fondo, denuncia que el tribunal de alzada ha actuado sin seguridad jurídica ni fundamento positivo, atentando la seriedad, ecuanimidad e imparcialidad, así como los principios invulnerables consagrados en los arts. 1º inc. 5), 9 y 14 de la L.O.J.; porque al confirmar la sentencia, no valoró la prueba de cargo, la confesión del demandado ni los antecedentes del proceso, vulnerando normas procesales, como los derechos consagrados en el art. 7 incs. d) y k) de la C.P.E.

CONSIDERANDO III: Que, así planteado el recurso, del análisis y compulsa, se concluye:

I.- Con referencia a la casación en la forma, planteado como nulidad de obrados, por la supuesta pérdida de competencia del juez de primera instancia al emitir la sentencia; se establece lo siguiente:

1) Lo expuesto carece de trascendencia, fundamento o justificación, por cuanto este hecho no fue reclamado oportunamente ante el mismo tribunal ni mucho menos a tiempo de la apelación; por consiguiente no es posible considerar, ahora, el reclamo en esta etapa procesal, en razón a lo establecido en el art. 258 inc. 3) del Cód. Pdto. Civil, que expresa: "... en el recurso de nulidad no será permitido presentar nuevos documentos ni alegar nuevas causas de nulidad por contravenciones que no se hubieren reclamado en los tribunales inferiores.."