Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs. 671-676, planteado por los indicados recurrentes Ricardo López Álvarez, Alfredo Ricardo López García, quienes fundamentaron que: a) Se incurrió en error de hecho al apreciar la declaración de la testigo Lesny Darina Tórres Ponce de León y lo afirmado por el actor en la demanda, respecto de la existencia de la relación laboral y un contrato escrito de trabajo; b) Se incurrió en error de hecho y de derecho al apreciar la prueba de descargo de fs. 70-73 y el informe pericial de fs. 558-569, que demuestran que el demandante percibía un sueldo promedio de Bs. 1.500.- al momento de su despido, violándose los arts. 19 de la L.G.T., y 11 de su D.R. c) Se violó el art. 9º inc. h) del D.R de la L.G.T., porque el demandante incurrió en la causal justificada de despido prevista por esa norma, conforme se demostró mediante el memorándum de fs. 9 y las declaraciones testificales de descargo; d) El actor, induciendo en error al Tribunal ad quem, con la intención de perjudicarlos, presentó fotocopias simples sobre una denuncia en su contra, la que fue rechazada por los fiscales de materia, conforme acreditan por los documentos que adjuntan y ahora demuestran que el demandante se dio a la tarea de amedrentar a sus hijas
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por la parte demandada, mediante el auto de vista indicado
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- Concluyeron solicitando que se case el auto de vista recurrido, con la modificación que el
- CONSIDERANDO II: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente
- II.- Ahora bien, considerando los fundamentos del recurso, se concluye lo siguiente
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del profesional Abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
