En grado de apelación, por auto de vista de 22 de febrero de 2005 (fs
En grado de apelación, por auto de vista de 22 de febrero de 2005 (fs. 323-324), se confirma parcialmente la sentencia apelada, con la modificación de reconocer el pago del salario caído por nueve meses y 25 días, el bono de antigüedad de Bs.- 920,20.- mensuales, por lo que se ordena el pago de Bs.- 23.027,59.-, por concepto de desahucio, indemnización de 1 año, 5 meses y 25 días, vacaciones y aguinaldo doble, con el salario indemnizable de Bs.- 3.550,50.-
- DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista de 22 de febrero de 2005 (fs
- Que, contra el auto de vista, el Gerente General de la empresa demandada, interpone recurso
- En la forma, indica que dentro de la empresa de SETAR S
- Concluye pidiendo la nulidad de obrados o alternativamente se case el auto de vista y,
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, corresponde su análisis, de donde se tiene
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- Consiguientemente, no habiendo el Tribunal de alzada obrado conforme las disposiciones legales vigentes, siendo evidente
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Jaime Ampuero García
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
