Auto Supremo AS/1290/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1290/2006

Fecha: 22-Nov-2006

b) Por su parte el demandante interpone recurso de casación en el fondo (fs


b) Por su parte el demandante interpone recurso de casación en el fondo (fs. 122-125), sin discriminar si plantea en el fondo o en el forma, aduciendo que el Juez de primera instancia vulnera los arts. 156, 157-I y 162 de la C.P.E., 4º de la L.G.T., 3º inc. g), h) y j), 59, 66 y 150 del Cód. Proc. Trab. porque la parte demandada no desvirtuó su acción, haciendo referencia al contenido del Auto Supremo Nº 175 de 15 de abril de 2004 y que no se tomó en cuenta la sana crítica y las pruebas objetadas en el recurso de apelación, olvidando el recurrente que este Tribunal Supremo limita su competencia a lo resuelto en el auto de vista recurrido, conforme prevé el art. 250 del Cód. Pdto. Civ.; es decir el recurso carece de una fundamentación adecuada y circunstanciada, sin exponer de qué manera o cómo fueron vulneradas dichas disposiciones legales