CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: Los recursos de casación en el fondo de fs. 115-116 y 122-125, interpuestos por Miguel Alberto Lozada Áñez, apoderado legal de la Federación Boliviana de Fútbol y Marcelino Amelunge Ferrufino, respectivamente, contra el auto de vista Nº 271 de 22 de junio de 2005 (fs. 109-110), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro del proceso social que sigue Marcelino Amelunge Ferrufino contra la entidad que representa el apoderado recurrente, las respuestas de fs. 122-125 y 127, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia Nº 243 de 15 de noviembre de 2004 (fs. 72-73), declarando probada en parte la demanda, con costas; disponiendo que la Federación Boliviana de Fútbol a través de su representante legal, cancele a favor del actor la suma de $us. 7.027,77.- por concepto de 15 días de vacación y sueldos devengados
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por ambas partes, por auto de vista Nº 271 de
- Que, contra el auto de vista, ambas partes por su orden interponen recursos de casación,
- b) Por su parte el demandante interpone recurso de casación en el fondo (fs
- Finalmente concluye su memorial solicitando se case el auto de vista recurrido y declare probada
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión de ambos recursos, se colige que los recurrentes no cumplieron los
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
