Auto Supremo AS/1290/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1290/2006

Fecha: 22-Nov-2006

Que, de la revisión de ambos recursos, se colige que los recurrentes no cumplieron los


Que, de la revisión de ambos recursos, se colige que los recurrentes no cumplieron los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 del Cód. Pdto. Civ., porque si bien plantean el recurso en el fondo, empero los argumentos expuestos carecen de justificación y fundamentación, no precisan cuál la norma legal infringida ni mucho menos en qué consiste la vulneración de sus derechos; por cuanto conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los Tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo identificar las causales señaladas por el art. 253 de la citada norma, lo que no ocurre en ambos casos analizados