Auto Supremo AS/1305/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1305/2006

Fecha: 22-Nov-2006

CONSIDERANDO II: Que, ingresando al análisis de los recursos interpuestos, en base a los antecedentes


CONSIDERANDO II: Que, ingresando al análisis de los recursos interpuestos, en base a los antecedentes del proceso, se tiene:

1. Respecto del recurso de nulidad y casación interpuesto por el representante de la empresa demandada (fs. 139-140); es menester indicar que el Tribunal ad quem, al confirmar la sentencia del Juez de mérito, obró correctamente en función del art. 158 del Cód. Proc. Trab., determinando que la escritura de transferencia de fs. 21-24, no puede afectar a los trabajadores, por cuanto se trata de una transferencia de cuotas de capital suscrita bajo la permisión del art. 1297 del Cód. Civ., que afecta únicamente a las partes suscribientes y de ninguna manera a los trabajadores; consiguientemente no se ha vulnerado el art. 11 de la L.G.T., porque aunque se haya operado la sustitución de patronos, por el principio de la primacía de la realidad y el principio in dubio pro operario que rigen en materia laboral, el empleador es el correctamente demandado en autos, verdad que no puede ser desvirtuada por el mentado contrato, al que los trabajadores no tenían acceso e ignoraban su existencia