Auto Supremo AS/1305/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1305/2006

Fecha: 22-Nov-2006

Que, contra el auto de vista, el representante de la empresa demandada como el apoderado


Que, contra el auto de vista, el representante de la empresa demandada como el apoderado de los demandantes, interponen por su orden, recurso de casación en el fondo (fs. 139-140 y 143-144), a saber:

a) El recurrente Oscar Terán Quezada, aduce en forma general que se han aplicado errónea y falsamente disposiciones jurídicas expresas, porque el infundado e ilegal auto de vista no consideró ni valoró la eficacia del contrato de fs. 21-24, violando e interpretando erróneamente el art. 11 de la L.G.T., por cuanto el nuevo propietario tenía la obligación de cubrir las cargas sociales; asimismo denuncia la violación e interpretación errónea del art. 141 del Cód. Proc. Trab., por cuanto en el proceso no existe determinación alguna sobre la designación de un defensor de oficio para el declarado rebelde, ya que la sociedad nunca ha sido citada con la demanda y como lógica consecuencia no contestó la misma, privándole de su derecho a la defensa y del debido proceso. Concluye solicitando se case el auto de vista y, deliberando en el fondo, declare improbada la demanda sin lugar al pago de lo demandado, con imposición de costas