Auto Supremo AS/1308/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1308/2006

Fecha: 22-Nov-2006

CONSIDERANDO II: Que, el demandante, en el recurso de casación, alega que fue contratado por


CONSIDERANDO II: Que, el demandante, en el recurso de casación, alega que fue contratado por la H. Alcaldía de Cochabamba, en fecha 25 de abril de 2000 en calidad de Jefe Administrativo de la Unidad Municipal de áreas verdes, posteriormente ascendido al cargo de Director de Finanzas dependiente de la Oficialía Mayor Administrativa y Financiera en fecha 22 de octubre de 2002, cargo que desempeñó hasta el 10 de enero de 2003 siendo retirado intempestivamente según la L.G.T.; que al haber reclamado el pago de desahucio e indemnización, fue admitido por el representante del Alcalde ante la Dirección Dptal. del Trabajo; sin embargo citado con la demanda opuso excepción de incompetencia, que el juez declaró probada declarándose incompetente, fallo que fue confirmado por auto de vista recurrido, aclarando que no se encuentra comprendido en el inc. 3) del art. 59 de la Ley 2028; por cuya razón acusa infracción de dicha norma; que no se aplica en su caso la Ley del Estatuto del Funcionario Público, sino la Ley General del Trabajo