CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde verificar si es o no
Concluyó solicitando que se case el auto de vista, disponiendo el pago los beneficios sociales, en el monto de Bs.- 33.890,65.-
CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde verificar si es o no evidente lo denunciado en el mismo, constatándose lo siguiente:
I.- El art. 162 de la C.P.E., establece que las disposiciones sociales son de orden público, los derechos y los beneficios reconocidos a favor de los trabajadores no pueden renunciarse; asimismo el art. 4º de la L.G.T., protege el trabajador en el derecho más importante que se le podría dar "la irrenunciabilidad de los derechos laborales", por cuanto dispone que "los derechos que esta ley reconoce a los trabajadores son irrenunciables y son nulas las convenciones en contrario"
- DISTRITO: Beni PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, interpuesto por los demandantes, por auto de vista de 16 de
- Que, contra el referido auto de vista, el actor Julio Cesar Lens Torrelio, interpone recurso
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde verificar si es o no
- Bajo este lineamiento, el art
- II
- b) La Ordenanza Municipal Nº 41/2002-2003, de 10 de septiembre de 2002, cursante a fs
- c) La circunstancia de cambio de empleo, acreditado por el referido memorándum, como Director de
- En ese entendido, debe reconocerse los derechos sociales demandados, correspondientes al periodo en el que
- III
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Son: Veintiséis mil doscientos setenta y siete 79/100 Bolivianos
- Monto que debe cancelarse, previo reajuste establecido por el D
- Para resolución, conforme convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
