Auto Supremo AS/1390/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1390/2006

Fecha: 12-Dic-2006

CONSIDERANDO: Que, con carácter previo a analizar los fundamentos del recurso, se debe recordar que,


CONSIDERANDO: Que, con carácter previo a analizar los fundamentos del recurso, se debe recordar que, conforme establece el art. 15 de la Ley de Organización Judicial, los tribunales de casación tienen, respecto de los jueces y tribunales de alzada y los de primera instancia, la obligación de revisar de oficio los procesos a tiempo de conocerlos, para verificar si los jueces y funcionarios observaron y aplicaron correctamente las leyes que rigen su tramitación y conclusión, para aplicar, en su caso, las sanciones pertinentes